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lunes, 5 de agosto de 2013

Impuesto a cargo de Repecos en el Edomex

Si a más tardar el 17 de marzo pagan el impuesto anual de manera anticipada, pueden obtener un ahorro del 3.6%.

El gobierno del Estado de México dio a conocer las reglas para el cumplimiento de obligaciones fiscales para los Repecos.
A fin de determinar el impuesto a cargo, quienes tributen en este régimen deberán dividir el monto de los ingresos que estiman percibir en 2013 entre seis, para obtener el ingreso bimestral estimado, el cual se deberá ubicar en la tabla para conocer el monto de la cuota a pagar.
Ingreso mìnimo
Ingreso màximo
Cuota "A"(1)
Cuota "B"(2)
0.00
8,000.00
100.00
50.00
8,000.01
13,000.00
150.00
100.00
13,000.01
16,000.00
250.00
150.00
16,000.01
20,000.00
400.00
250.00
20,000.01
25,000.00
550.00
400.00
25,000.01
32,000.00
750.00
550.00
32,000.01
40,000.00
1,050.00
750.00
40,000.01
51,000.00
1,350.00
1,000.00
51,000.01
64,000.00
1,950.00
1,450.00
64,000.01
81,000.00
2,650.00
1,900.00
81,000.01
102,000.00
3,500.00
2,550.00
102,000.01
129,000.00
4,850.00
3,450.00
129,000.01
163,000.00
6,650.00
4,650.00
163,000.01
206,000.00
9,000.00
6,200.00
206,000.01
260,000.00
13,150.00
8,800.00
260,000.01
328,000.00
18,900.00
12,250.00
328,000.01
333,333.00
26,200.00
16,300.00
Notas:
(1)    Aplica a las personas cuyas actividades están gravadas con IVA
(2)    Cuota a pagar por los contribuyentes cuyos actos o actividades están exentos de IVA o están gravados a la tasa del 0%
Quienes en 2013 opten  por realizar el pago de sus impuestos conforme a las cuotas integradas antes señaladas, quedarán relevados de las siguientes obligaciones:
  • llevar un registro de sus ingresos diarios
  • presentar la declaración informativa de los ingresos obtenidos  durante dicho ejercicio
  • entregar a sus clientes copia de las nota de venta y conservar los originales de las mismas por operaciones de hasta $100.00
Los pagos serán bimestrales y definitivos y deberán efectuarse a más tardar el día 17 del mes siguiente al término del bimestre al que corresponda
Quienes opten por pagar conforme a las cuotas integradas y realicen a más tardar el 17 de marzo el pago anticipado de todos los bimestres del 2013 en una sola exhibición,  se les aplicará el factor de 0.964. Es decir, se verán beneficiados con un descuento del 3.6%,  conforme al siguiente ejemplo:
No obstante, los contribuyentes podrán enterar los pagos bimestrales o anticipados de acuerdo con la siguiente tabla:
 
Fuente: SAT.
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Nuevos Costos y Factores de Mano de Obra

En cumplimiento del cuarto párrafo del artículo 18 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, se dan a conocer los costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra privada, así como los factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas vigentes, aplicables:
A partir del 27 de noviembre al 31 de diciembre de 2012
Aplicables para 2013 
Fuente: Acuerdos ACDO.SA3.HCT.270213/51.P.DIR ACDO.SA3.HCT.270213/52.P.DIR (IMSS, DOF 08 de marzo de 2013).
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sábado, 9 de marzo de 2013

Precarios más de la mitad de los empleos en México

La UNAM asegura que al finalizar 2012 había en el país una población desocupada de 8.6 millones de personas.


Entre 2006 y 2012, el 58% de los empleos en México se generaron en la economía informal, en condiciones precarias y con sueldos reducidos, asegura un estudio del Centro de Análisis Multidisciplinario (CAM) de la Facultad de Economía de la UNAM.
Durante este periodo, el desempleo y la informalidad caracterizaron al mercado laboral del país. De hecho, en el tercer trimestre de 2012 “la tasa de desempleo fue de 15.1%, con una población desocupada de ocho millones 671 mil personas”, 2.1 millones más con respecto al mismo periodo de 2006.
En un comunicado, la casa de estudios detalló que la tasa del empleo informal fue de 54.5%, con 26.5 millones de ocupados en este sector, 3.4 millones más que a finales de 2006, lo que significa un crecimiento de 14.7 por ciento.
En el estudio El desempleo y el empleo en el sexenio de Felipe Calderón. México 2006-2012, realizado por el CAM, se subraya que “ante el grave panorama económico” que padece el país, las familias mexicanas han encontrado en la economía informal una posibilidad de mejorar sus ingresos.
Esto convierte al sector informal “en el de mayor peso en la generación de puestos” laborales en el país.
En el reporte se aclara que estas cifras son construidas por el CAM con base en la metodología de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en contraste con las que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
De acuerdo con datos de esa dependencia gubernamental, el 28.15% de las personas que cuentan con empleo en México laboran en condiciones de informalidad.
Fuente: IDC.
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Amparos relativos al aseguramiento precautorio

Al haber sido declarada inconstitucional esta figura, se levanta el aplazamiento para resolver los amparos que versen sobre la misma.


Como ya habíamos comentado, la SCJN declaró inconstitucional la aplicación del embargo precautorio, regulada en el artículo 40, fracción III del CFF.
Por lo anterior, en el DOF del 25 de febrero de 2013, nuestro Máximo Tribunal dio a conocer elAcuerdo General número 3/2013 por el que se levanta el aplazamiento de la resolución de los amparos en revisión y de los amparos directos del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que subsista o sea necesario abordar la constitucionalidad de dicho precepto.
Los asuntos pendientes de resolución tanto en la SCJN como en los Tribunales Colegiados de Circuito, serán resueltos aplicando la tesis jurisprudencial P./J. 3/2013 (10ª), de rubro:“ASEGURAMIENTO PRECAUTORIO DE LOS BIENES O DE LA NEGOCIACION DEL CONTRIBUYENTE. EL ARTICULO 40, FRACCION III, DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION QUE LO PREVE, VIOLA EL DERECHO A LA SEGURIDAD JURIDICA"
Fuente: IDC.
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Validación de comprobantes fiscales

Aunque no existe obligación de hacerlo, conviene revisar si los comprobantes que recibes son auténticos.


El artículo 29, tercer párrafo del CFF indica de manera genérica la posibilidad mas no la obligación de verificar la autenticidad de los comprobantes digitales que se reciban. Incluso se precisa que se puede revisar si el folio fue autorizado por el SAT, y si el Certificado de Sello Digital (CSD) está registrado, pero la revisión de estos conceptos solo aplica a los CFD’s y no a los CFDI’s porque el Proveedor autorizado de certificación (PAC) es quien checa que el CSD del contribuyente emisor hubiese estado vigente en la fecha de generación y envío del documento y asigna el folio.
Respecto de los comprobantes impresos con CBB se podrá validar su autenticidad mediante una aplicación disponible en la página de internet del SAT. Si el comprobante que se verifica es correcto, el sistema mostrará el RFC del emisor, tipo de comprobante (arrendamiento, honorarios, etc.), serie, folio, y número de aprobación.
A fin de validar los comprobantes, el SAT pone a disposición de los contribuyentes las siguientes aplicaciones así como los instructivos correspondientes:
Fuente: IDC.

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Hay nuevas reglas para créditos Infonavit

Se establecen los lineamientos para obtener empréstitos para la adquisición o remodelación de viviendas.


Las Reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores derechohabientes del Infonavit, que normarán en los próximos años la adquisición o remodelación de inmuebles, fueron publicadas este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Estas directrices fueron aprobadas por el Consejo de administración del organismo el pasado 30 de mayo de 2012, en  tanto que el reglamento de las mismas se avaló en una sesión ordinaria celebrada el 31 de octubre de 2012.
La Reglas, que se fundamentan en el artículo 47 de la Ley del Infonavit, establecen los lineamientos para obtener empréstitos para la adquisición en propiedad de habitaciones, financiadas o no por el Infonavit; para la construcción de vivienda; para la reparación, ampliación o mejoras de habitaciones; y para el pago de pasivos adquiridos por cualquiera de los conceptos anteriores.
En la publicación en el DOF se detallan los tipos de créditos que puede adquirir el trabajador, las prórrogas que tiene para solventar sus obligaciones en caso de que pierda el empleo, así como la forma para que los jubilados o pensionados adquieran una vivienda.
 Así mismo, se precisa que:
  • Al solicitar un crédito ya no será necesario que el trabajador autorice al Instituto para que consulte e informe periódicamente a las sociedades de información crediticia
  • Los trabajadores que liquiden un primer crédito podrán obtener un segundo crédito, el cual será otorgado por el Infonavit en coparticipación con entidades financieras, siempre y cuando además de contar con cinco años de cotización se cumplan con los requisitos de elegibilidad que dicho organismo pacte con aquéllas
Los factores de descuento se aplicarán como sigue:
  • Créditos indexados al salario mínimo. Se multiplicará el monto de crédito a otorgar en número de veces de salario mínimo, por el factor de descuento correspondiente, considerando la edad y el ingreso del trabajador de acuerdo con la tabla de factores de descuento contemplada en el anexo dos de las reglas
  • Créditos no indexados al salario mínimo. Se calculará multiplicando el monto de crédito a otorgar por el factor de descuento respectivo, considerando el plazo del crédito de acuerdo con la tabla de factores de descuento prevista en el anexo tres de las reglas
Fuente: IDC.

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El SAT te ayuda a preparar tu declaración

La herramienta de declaración automática ya contiene precargada la mayor parte de tus datos. Aprovéchala y presenta en tiempo tu declaración.


Ya está disponible en la página del SAT la aplicación denominada Declaración Automática versión 2012.
Esta herramienta permite realizar la captura con cálculo automático de impuestos y enviar la declaración anual del ejercicio fiscal 2012, a las personas físicas que obtuvieron ingresos por alguno(s) de los siguientes conceptos: 
  • sueldos, salarios y conceptos asimilados a salarios
  • actividades empresariales y profesionales
  • régimen intermedio
  • arrendamiento de inmuebles
  • intereses (provenientes o no del sistema financiero)
Para ingresar debes contar con tu Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) o Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente.
Si obtienes un saldo a favor igual o superior a $13,970.00 es necesario firmar tu declaración con la FIEL, para que proceda la devolución de dicho saldo.
Si resulta impuesto a cargo, deberás pagarlo a través del portal del banco que maneje tu cuenta, proporcionando la fecha de presentación y el número de operación señalado en el acuse de recibo
 
Fuente: IDC.
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