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martes, 8 de diciembre de 2015

OBLIGACIÓN DE LLEVAR CONTABILIDAD ELECTRONICA 2016



A partir de enero, comienza el envío de la contabilidad electrónica para la mayoría de los contribuyentes, sólo algunos segmentos tendrán facilidades, señaló Aristóteles Núñez Sánchez, Jefe del Servicio de Administración Tributaria.
Luego de reunirse con representantes del Comité Ejecutivo Nacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos para  sentar las bases de convenios de colaboración donde participe la contaduría pública organizada del país, señaló que los contribuyentes que no presenten su contabilidad electrónica se harán acreedores a multas de alrededor de 59 mil pesos, según establece el Código Fiscal de la Federación para 2016.
Dijo que sin embargo, muchos contribuyentes no tienen la obligación de presentar  balanzas de comprobación ni mucho menos de pólizas de ingreso, en pocas palabras contribuyentes con una actividad simple comparados con una actividad empresarial persona física, como son: honorarios de servicio profesional independiente,  arrendamiento cuando se trata de casa habitación, personas físicas con actividad empresarial hasta dos millones de pesos y que pueden estar dentro del Régimen de Incorporación Fiscal  (RIF), personas físicas que tienen ingresos hasta dos millones de pesos con actividad empresarial, que no están dentro del RIF, sino del régimen general.
Expresó que ya se tuvo todo un año de gradualidad que fue 2015, por lo que todas las personas físicas con actividad empresarial que tienen ingresos hasta de dos millones de pesos están relevados de esta obligación ya que forman parte del régimen de incorporación fiscal, por lo tanto pueden optar por utilizar el sistema "Mis Cuentas" y con ello satisfacer su obligación del envío de la contabilidad electrónica, y para quien no tiene la complejidad que tiene una persona moral o una sociedad mercantil, hay muchas empresas que están ofreciendo el servicio.  
Las sociedades mercantiles y personas físicas con ingresos superiores a cuatro millones de pesos están presentando la balanza de comprobación y el catálogo de cuentas. En caso de que tengan devoluciones y saldos a favor, tienen que presentar las pólizas de ingresos y gastos a partir de septiembre de 2015. Para las personas físicas con el régimen de honorarios o arrendamiento, salvo que tengan ingresos superiores a cuatro millones de pesos, no tendrán que cumplir con la obligación de presentar balanza de comprobación y catálogo de cuentas, sólo tendrán que presentar el registro de sus ingresos y sus gastos a través de un sistema como “Mis Cuentas”, indicó.
Dijo que actualmente hay más de un millón de archivos que han presentado los contribuyentes, alrededor de 300 mil catálogos de cuentas, para dar un total de 118 mil contribuyentes los que han presentado sus archivos de manera constante y son los que han cumplido de 207 mil contribuyentes. El espectro de cumplimiento es de 5 millones de contribuyentes.


Fuente: Dofiscal Thomson Reuters

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sábado, 21 de noviembre de 2015

Pago de Diferencias.



El IMSS, al proporcionar las diferentes versiones del SUA y el Sistema de Pago de Diferencias (SISDIF) de cuotas obrero-patronales, aportaciones y amortizaciones, se percató de la gran ayuda y apoyo que obtenía con el uso de estos programas en el proceso de recaudación de dichas cuotas; por ello, el IMSS ha mejorado aún más estas versiones, integrándolas, y dando como resultado un Sistema integral llamado SUA, en el que el patrón puede calcular las cuotas obrero-patronales, aportaciones y amortizaciones, así como las diferencias que puedan surgir de cualquier situación o error en el cálculo de los pagos ya realizados. Anteriormente, las diferencias de cuotas obrero-patronales, aportaciones y amortizaciones, que resultaban con el Sistema de Diferencias sólo podía calcularlas un auditor externo, pues dicho Programa se le proporcionaba nada más a estos auditores, quienes tenían que cubrir una serie de requisitos ante el IMSS para determinar los saldos a cargo del patrón. Sólo algunos patrones cumplían con la adecuada corrección de omisiones en el pago de sus cuotas; esto es, con este proceso de pago de diferencias no se lograba obtener totalmente la recaudación por parte de todas las entidades que debían dichos importes, ya que era por falta de un buen procedimiento de cálculo, por no tener los recursos humanos suficientes y competentes, o hasta por desconocimiento de las mismas personas encargadas de calcular las diferencias; es más, nunca pedían la Nota de Crédito por saldos a favor, lo cual representaba una acumulación de errores que generaban a largo plazo pérdidas para las empresas, ya que al percatarse de la omisión, tenían que pagar actualización y recargos, o no se preocupaban por recuperar los saldos a favor. Es por esto que el IMSS se dio a la tarea de integrar el Sistema de Diferencias al SUA para que el patrón no tenga ninguna limitación y él mismo realice la corrección en sus pagos de cuotas obrero-patronales, aportaciones, amortizaciones y multas, y las presente cuanto antes en las oficinas del IMSS o del INFONAVIT según corresponda. Cabe mencionar que cuando se dé el supuesto de saldos a favor, el patrón tendrá que acudir a las oficinas de uno u otro Instituto según sea el caso, a efecto de para realizar el trámite correspondiente. Para comprender más detalladamente este procedimiento, explicaremos el cálculo de pago de diferencias. Es vital que el patrón tenga al corriente sus aportaciones al IMSS, de no ser así, puede darse el caso que le haya faltado pagar una diferencia que tenía a su cargo y ésta le sea detectada en una auditoria si es relativamente importante afectará representativamente al patrón, ya que puede convertirse en un adeudo hacia el IMSS, por el que tendrá que pagar capitales constitutivos, recargos y actualizaciones. Este Sistema de Diferencias al SUA, también calcula montos para INFONAVIT. Las causas por las cuales se pueden generar diferencias en el pago de cuotas obrero-patronales pueden ser:  Error u omisión en la captura de los días trabajados, y los datos entre información de los trabajadores.  Capturar erróneamente el salario mínimo general del área geográfica.  La falta de actualización de las tablas del INPC y la tasa de recargos.  No capturar el porcentaje de riesgo de trabajo al período que corresponda.  Error en los movimientos como: faltas, incapacidades, aumento o disminución de salario.  Omisión del Crédito de Vivienda INFONAVIT.  Omisión de captura de datos para el cálculo de Multa  Modificación del Valor de Descuento Proceso para realizar el cálculo de diferencias Es importante tener el disco original de pago oportuno que se presentó ante la Institución Bancaria autorizada para tal efecto, correspondiente al periodo del que se calcularán las diferencias. Primero se deben corregir los errores, omisiones o el motivo que generó la diferencia, para lo cual se debe ingresar al menú Actualizar en el submenú Trabajadores en la pestaña de Movimientos en la parte media inferior de la pantalla, y hacer entonces las correcciones pertinentes en los movimientos del trabajador. Este primer paso es el más importante, pues de esto depende el correcto pago de lo que se omitió enterar al IMSS o/e INFONAVIT, ya que si al hacer la corrección de las omisiones o errores de los datos se vuelve nuevamente a capturar mal el dato, originará de nueva cuenta una diferencia y, por tanto, una incorrecta declaración de pago de cuotas obreropatronales; hay que tener mucho cuidado al realizar los movimientos de información, por lo que se recomienda que después de hacer cualquier movimiento, se confirme que realmente se capturó lo correcto. Procederemos a calcular el pago tal y como debió realizarse, para tener entonces el (los) disco (s) magnético (s) con el cual se ejerció el pago oportuno o extemporáneo y el (los) disco (s) magnético (s) de cómo debió pagarse que nos pide el Pago de Diferencias Página 1 de 14 proceso de Cálculo de Diferencias. Determinación de las Diferencias Corregidos los datos que dieron origen a las diferencias y teniendo los disco magnéticos ya mencionados, trabajaremos con la opción Cálculos del Menú Principal, en el submenú Pago de Diferencias (se desplegará la siguiente pantalla).


Importe Pagado: Se refiere al número de pagos que autodeterminó y realizó el patrón antes de la notificación de diferencias, ya sean oportunos o extemporáneos.

Importe Debió Pagar: Se refiere al número de archivos de pago que se generaron después de las modificaciones para el proceso de Cálculo de Diferencias.




RECUERDA TE INVITAMOS A ADQUIRIR NUESTRAS GUÍAS Y TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN .





Fuente: IMSS



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SOBRE SUA

En COFICOST, S.C., se han recibido llamadas solicitando el apoyo referente al SUA.
Dándonos a la tarea de buscar información confiable, veraz y oportuna, por que a continuación les proporcionamos el resultado de nuestro trabajo:

·         Soy patrón de la anterior Área Geográfica “C” y tengo diferencias del SUA con la emisión en cuotas de RCV e INFONAVIT en el quinto bimestre de 2015

·         Al ingresar al sistema manda el mensaje “La tabla de salarios mínimos se encuentra desactualizada o con datos erróneos”

·         Al realizar el cálculo de periodos bimestrales aparece un cobro de $15.00
El INFONAVIT solicitó se incluyera este cobro para el Seguro de Daños de Vivienda.
Si necesitas más información, puedes comunicarte directamente al INFONAVIT.

·         Al generar el reporte bimestral, el sistema pregunta "¿desea donar a FUNDEMEX?"
Si así lo deseas, puedes hacer una aportación voluntaria que será destinada a programas de apoyo social y económico.
Para mayor información, consulta: http://www.fundemex.org.mx

·         Al generar un pago en cálculo de diferencias, el sistema muestra el mensaje “Generar archivo de pago con el nuevo SUA”
Se debe generar el disco "Debió Pagar" como extemporáneo, con fecha de pago actual y continuar el proceso de Cálculo de Diferencias

·         La tabla de INPC aparece diferente en la nueva versión del SUA
·         No actualiza datos afiliatorios de trabajadores
·         ¿Cómo actualizar la versión del SUA?
·         No muestra la nueva versión del SUA
·         ¿Cómo actualizar la prima de riesgos de trabajo?
·         No permite el acceso al SUA
·         Modificación de salario
·         INFONAVIT. Cuota fija monetaria mensual
·         Al generar archivo de pago el sistema muestra el mensaje “-2147024770 Error de Automatización”
·         Al dar clic en el acceso directo del SUA, se muestra el mensaje "429 ActiveX component can't create object"
·         Al generar el reporte Cédula Mensual o Cédula Bimestral, muestra el mensaje "20728—F"
·         Error en el número de valores de consulta, mensaje "40002 21501: [Controlador ODBC Microsoft Access]”

·        ·       Error al generar un reporte
·       Error al entrar al sistema

·        Error al realizar cálculo oportuno
·         Error al realizar importación de datos, “13 no coinciden los datos”
·         Error en el catálogo de patrones, mensaje "48 Error al cargar la biblioteca DLL"
·         Error en el catálogo de salarios mínimos, mensaje "Run-Time Error 380 Invalid property value"
·         Error en archivo de pago, mensaje "ERROR: Protección contra escritura en el disco"
·         El sistema muestra el mensaje "Error Active X"
·         Error al generar archivo de pago, mensaje "Run-Time error 40002 … La clave de búsqueda no encontró ningún registro"
·         Error al realizar cálculo oportuno, mensaje "Error 62"

·         Error de captura de nueva prima de RT, mensaje "40009 No current row"


Fuente: IMSS



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domingo, 15 de noviembre de 2015

Busca la oficina que necesitas

En diferentes ocasiones en COFICOST, S.C. se han recibido llamadas solicitando se les proporcione, la ubicación de las oficinas del INFONAVIT.

El INFONAVIT dentro de su portal tiene contemplada esta opción la cual es presentada de la siguiente manera:


Importante
  1. Recuerda que en el portal del Infonavit puedes hacer trámites y servicios sin necesidad de acudir a una oficina.
    Consulta la lista de trámites y servicios.





De esta manera podrán ustedes ubicar la oficina de su interés de forma gratuita.

En caso de que ustedes requieran el apoyo de esta firma de contadores para obtener la liga; tendrá un costo de $250 pesos.

Fuente: INFONAVIT


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Devolución por pagos indebidos, duplicados o en exceso por periodos SUA

  • Si requieres solicitar una devolución porque hiciste un pago en exceso, indebido o duplicado al momento de cumplir con tus obligaciones patronales, consulta los requisitos para iniciar tu trámite: 
    1. Solicitud de devolución.
      • Dirigida al licenciado Jesús Alejandro Cóyotl Reynoso, Gerente de Cobranza Fiscal Administrativa.
      • Incluir los datos generales del patrón: Número de Registro Patronal (NRP), Registro Federal de Contribuyentes (RFC), domicilio fiscal, correo electrónico y teléfono de contacto.
      • Indicar las causas que originan la devolución.
      • Detallar a nivel trabajador los montos correspondientes a los conceptos por los que solicita la devolución.
      Nota: Si la solicitud es por concepto de multas pagadas por medio del SUA, hay que especificar el motivo de dicho pago.

      Importante

      El domicilio fiscal, la razón social, deben coincidir en todos los documentos, de no ser así se debe manifestar el motivo.
    2. Copia de identificación oficial vigente del solicitante.
    3. Constancia de RFC expedida por el SAT.
    4. Si el patrón tiene menos de 5 trabajadores:
      • Comprobante de pago de cuotas de aportaciones y amortizaciones de crédito.
      • Cédula de determinación de aportaciones amortizaciones de crédito emitida por el IMSS.
      • Aviso de suspensión a la retención, si es el caso.
      • Aviso de retención de descuentos.
      • Avisos de bajas.
    5. Carta de alta de acreedores.
    6. Archivo SUA de cómo hizo el pago (sólo deberá contener el periodo y los trabajadores por los que solicita la devolución).
    7. Archivo SUA con el pago correcto (cómo debió pagar).
    8. Estado de cuenta legible emitido por el banco, con antigüedad máxima de dos meses.
  • Responsable de la información: Gerencia de Fiscalización y Cobranza Fiscal
  • Fuente: INFONAVIT

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