Contadores Públicos

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martes, 4 de octubre de 2016

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA APLICAR EL RÉGIMEN OPCIONAL PARA GRUPOS DE SOCIEDADES.




 
Quiénes lo presentan
Personas morales que pretendan tener el carácter de integradoras. 
 
Dónde se presenta
  • A través de Buzón Tributario.
 
Qué documentos se obtienen
  • Acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
A más tardar el 15 de agosto del año inmediato anterior a aquél por el que se pretende ejercer el Régimen Opcional para Grupos de Sociedades.
Requisitos
Archivo digitalizado con:
    • Escrito libre.
  • Formas Oficiales:
    • CGS1 Cuestionario para solicitar la autorización para aplicar el régimen opcional para grupos de sociedades. Sociedades Integradoras.
    • CGS2 Cuestionario para solicitar la autorización para aplicar el régimen opcional para grupos de sociedades. Sociedades Integradas.
 
Condiciones
Contar con e.firma vigente.
  
Información adicional.
No aplica.
 
Compromisos de servicio
Disponibilidad permanente.
Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
  
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección Trámites y selecciona la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y Contraseña o e.firma, seguido del inicio de sesión.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que deseas realizar.
  4. Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de computo, USB o CD.
  5. Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte. 
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 59, 63 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; regla 3.6.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Fuente SAT.
OSTS FISCALES
antes COFICOST S.C

Satélite. 
Celular de ayuda: 55-38-82-96-10

Tenemos un horario único de 9:00 a.m. a 5:00 p.m sábado. Si requieres atención, favor de concertar previa cita.

NO RESOLVEMOS NI DAMOS ORIENTACIÓN TELEFÓNICA: SOLO SE DA ATENCIÓN PERSONALIZADA. FAVOR DE ABSTENERSE SI NO ES PARA CONCERTAR UNA CITA. 

COMO PUEDES OBSERVAR LOS SOLUCIONES QUE OFRECE COFICOST S.C. TE PERMITEN LOGRAR SEGURIDAD Y CERTEZA EN EL MOMENTO EN QUE REVISAS NUESTRA INFORMACIÓN VERAZ Y OPORTUNA, LA CUAL TE PERMITE ESTAR ACTUALIZADO EN TODO MOMENTO.

ESTOS SON ALGUNOS DE LOS SERVICIOS QUE TE PERMITIRÁN SER MÁS EFECTIVO ANTE EL SAT CON EL APOYO DE COFICOST S.C. :

  • Declaración Anual.
  • Impuesto Al Valor Agregado (IVA).
  • Elaboración De Declaración Informativa De Operaciones Con Terceros (DIOT Bitácora).
  • Servicio de Declaraciones y Pagos (Pago Referenciado). 
  • Asesoría en Mis Cuentas del SAT : 
  • Actividad Empresarial
  • Arrendamiento
  • Incorporación
  • Honorarios
  • Servicios Profesionales
  • Orientación Para La Debida Presentación De Los Comprobantes Fiscales.
  • Factura Electrónica.
  • Control de Nómina
  • IMSS (Trámites en Línea)(Orientación En La Emisión y Pagos).
  • Contabilidad electrónica
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Atentamente:
COFICOST, S.C.


Nuevo complemento para nómina versión 1.2

El pasado 30 de septiembre el SAT dio a conocer en su portal la versión 1.2 del complemento para CFDI de nóminas, cuyo uso obligatorio se pretende que sea a partir del 1o. de enero de 2017, esto como parte del proyecto de la cuarta modificación a la RMISC2016, pendiente de publicación en el DOF.
En su comunicado, la autoridad fiscal precisó que la difusión anticipada de este documento tiene como fin que los contribuyentes y las empresas desarrolladoras de software puedan analizar las especificaciones técnicas propuestas, para así ponderar, planear e iniciar su operación, y así realicen oportunamente las adecuaciones necesarias en sus sistemas informáticos y demás procesos.
Asimismo, se espera que en futuro mediato se publique una “guía fiscal”, que servirá de “asistente” para el uso del complemento en cuestión.
Hasta el momento, en la página del SAT puedes ingresas a la estructura nomina.12xsd, pero no a los catálogos del complemento de nómina.
Entre los cambios más relevantes, se citan los siguientes:
  • se incorpora  la CURP del emisor del comprobante de nómina cuando es una persona física
  • el registro patronal es opcional, excepto cuando se cuente con él, o se esté obligado a tenerlo conforme a otras disposiciones legales
  • se establece un nuevo campo para los contribuyentes que prestan el servicio de outsourcingen donde deberá manifestarse:
    • la lista de las personas que los subcontrataron
    • el RFC de la persona que subcontrata, y
    • el porcentaje del tiempo que prestó sus servicios con el RFC que lo subcontrata
  • el número de seguridad social es opcional, salvo que se cuente con él, o se esté obligado a tenerlo conforme a otras disposiciones legales
  • la clave de riesgo de trabajo es opcional, excepto cuando se cuente con él, o se esté obligado a tenerla conforme a otras disposiciones aplicables
  • la clave de la entidad federativa, en donde el receptor del recibo prestó el servicio, conforme al catálogo de estados publicado en el Portal del SAT
  • en el concepto de las percepciones se incluye el concepto “adquisición de acciones” cuando el patrón otorgue dicha prestación, en cuyo caso se manifestará:
    • los ingresos por adquisición de acciones
    • el valor de mercado de las acciones, y
    • el precio establecido al trabajador
Adicionalmente deberán señalarse en el complemento de nóminas los pagos que se realicen por separación, jubilación, pensión, retiro o indemnización 
Otra de las modificaciones es que las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal deberán efectuar la identificación del origen de los recursos utilizados en el pago de nómina del personal que presta o desempeña un servicio personal subordinado en ellas, del municipio o demarcación territorial de la Ciudad de México, así como en sus respectivos organismos autónomos y entidades paraestatales y paramunicipales
Fuente IDCCOSTS FISCALES
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